Las zancadillas de los afines a la ley Sinde y las meteduras de pata y las cogidas a contrapié de los que no ~ Pruébame blogger!

domingo, 23 de enero de 2011

Las zancadillas de los afines a la ley Sinde y las meteduras de pata y las cogidas a contrapié de los que no

Hace unas horas se destapó que David Maeztu, abogado riojano y autor del blog Del Derecho y las Normas había presentado una propuesta de modificación de la Ley Sinde por intermedio de Alex de la Iglesia, que luego ha generado un revuelo por las filtraciones, y por la forma en que se hizo por parte de David: aquí su explicación. Ya son casi las seis de la mañana, seguramente es unas horas se escribirá y comentará bastante más de lo que se hizo esta noche, así que no me extenderé demasiado en los detalles y apuntes de Julio Alonso, Enrique Dans y David Bravo (y perdón por las erratas, ya lo corregiré en cuanto me levante).

Cuando me enteré que se había presentado esa propuesta, por parte de uno de los “invitados” de Alex de la Iglesia, sin haberse discutido ni informado públicamente me quedé helado, luego muy cabreado. Se estaba repitiendo la misma escena de cuando aquella reunión secreta de algunos del #manifiesto con Pajín, que luego se justificaban que sólo se representaban a ellos mismos y que la “discreción” –i.e. secretismo– era la única forma de tener un diálogo constructivo (aunque luego los mismos se corren cuando Wikileak desvela secretos). Venimos meses criticando el secretismo y el “rondón” de la Ley Sinde, y se volvía a hacer lo mismo.

Son cosas que no puedo entender (y creo que jamás lo haría), me mosqueé mucho, y aquí admito mi error: en estos casos mi empatía cae a cero y fui muy crítico con David desde mi cuenta de Twitter, y en un comentario en su blog. Ahora que recuperé algo de empatía, y luego de una muy buena y calmada discusión por Twitter, pido disculpas a David si le ofendí o molesté.

Pero la forma en que lo hizo no tiene justificación, fundamentalmente por la forma (o los medios) y colateralmente porque la propuesta es casi tan peligrosa como la original (desde mi punto de vista, y con el aviso que no soy abogado). Para explicar la primera parte recurriré al truco típico de los físicos: explicarlo desde un observador externoque obtuvo la información sin tener relación directa y sin saber si los medios manipularon o hubo mala intención.

El internauta observador externo

  • Este observador externo fue muy crítico con la Ley Sinde, entre otras cosas porque se hizo en forma secreta, se la metió de “rondón” en una ley más grande, porque cedía a las presiones de un lobby, y porque la propuesta recorta libertades fundamentales.
  • Este internauta se entera que un señor abogado, amigo y/o con buenas relaciones con el presidente de la “Academia del Cine” le presentó una propuesta de enmiendas a la Ley Sinde. Esta propuesta modifica la Ley de Propiedad Intelectual y la LSSICE, parece que ha sido bien acogida por los miembros de la academía, y quizás por otros de la Coalición y/o del gobierno.
  • Pero este internauta no sabe nada de la propuesta, no sabía siquiera que se estaba escribiendo ni que se había presentado.
  • Desde su punto de vista, la forma en que se hizo el proceso no varía nada con la del gobierno: se hizo en secreto, se discutió en secreto, no se avisó nada antes, no se discutió en ningún foro, no hay opiniones de expertos sobre ella.
  • Además, cuando la publican a posteriori de salir en los medios, encuentra que no hay variación en lo fundamental respecto a la propuesta original.

Este señor internauta, coherente con su enfado anterior, está ahora aún más enfadado. No hubo nada de democrático “adicional” en el proceso que se acaba de enterar.

Por lo anterior yo me enfadé, y mucho. Quizás más porque me he creado otras espectativas de la reunión. Me alegro mucho cuando invitan a “reconocidos internautas” a reuniones con el ministerio o representante de los lobbies o academias. Son gente que los conoces, que saben de qué hablan, que comparten muchos de tus ideas sobre internet, yfundamentalmente porque sabes que su ética de transparencia nos permitirá estar enterados de lo que pasa en las negociaciones de leyes tan importantes. Es justamente eso lo que exigimos a los demás, y es lo que nos exigimos a nosotros mismos.

Pero cuando se traiciona esa transparencia, nos/me siento muy traicionado: depositamos nuestra confianza en esos “desconocidos no electos”, los apoyamos, les dimos relevancia… y violan la regla más importante, esa que decimos es parte del núcleo de Internet, parte de nuestros principios, el núcleo de una “democracia digital”.

Si además ese mismo error ya se había cometido pocos meses atrás, el cabreo puede ser monumental.

Sí quizás injusto desde el punto de vista de la persona que se lo curró, pero por eso decimos que en democracia, al menos en la “nuestra”, no se pueden anteponer los fines a los medios. Lo siento si duele al que puso horas de su tiempo libre, debe ser duro y desagradecido. Pero es lo que pasa cuando se olvida lo fundamental.

Mi opinión sobre la propuesta

Además del texto alternativo propuesto, David hizo unos esquemas para explicar el procedimiento propuesto:


Básicamente la Comisión Segunda recibe la notificación de los titulares de derechos, ésta analiza si violan la propiedad intelectual, de considerarse así envían una notificación a la web de enlaces y el depositario de los ficheros. Estos pueden eliminar esos enlaces y contenidos y no pasa nada. En caso de no hacerlo en plazo, la Comisión notifica a los titulares y estos pueden recurrir al juzgado competente.

¿Qué cambia sobre la Ley Sinde original? Que la Comisión devuelve la pelota al tejado de los titulares y estos son los que deben iniciar acciones legales bajo su responsabilidad y a cargo de las costas, si pierden. Es un avance notable sobre la original pero deja a la Comisión como un bufete de abogados gratuito que se encarga de un procedimiento burocrático de evaluación y notificación.

Pero hay algo peor, y que en mi opinión hace que no se cambie el fondo de la Ley Sinde: abre la puerta para que cualquier enlace a contenido con copyright sea considerado lesivo, cosa que ahora no ocurre. Para verlo basta analizar el texto propuesto de sólo dos artículos a la Ley de Propiedad Intelectual:

Artículo 138

Además, el titular de los derechos reconocidos en esta Ley podrá iniciar las medidas descritas en el párrafo anterior, así como exigir la indemnización de los daños causados, contra aquellos que, con conocimiento o teniendo motivos razonables para conocer, induzcan, faciliten, cooperen o contribuyan de cualquier forma a la infracción de derechos producida por cualquier tercero.

El texto en negrita no está en la actual LPI, y es clave: poner un enlace puede considerarse como “inducir”, “facilitar”, “contribuir” y “cooperar”. Sí, las tres, y además “de cualquier forma”. Eso abre la misma puerta que la Ley Sinde, no cambia el fondo.

Artículo 158

4. Corresponde a la Sección Segunda, que actuará conforme a los principios de objetividad y proporcionalidad, el ejercicio de la función de evaluación y notificación de posibles lesiones de los derechos de propiedad intelectual frente a los responsables de servicios de la sociedad de información.
La Sección Segunda será considerada a estos efectos como órgano competente para declarar la existencia de una posible lesión de los derechos de propiedad intelectual de terceros y en la que se empleen o formen parte esencial servicios de la sociedad de la información.
La Sección Segunda analizará las denuncias efectuadas por los titulares de derechos, comprobará los requisitos de legitimación y capacidad, constatará la lesión o posible lesión y dará traslado al responsable de los servicios de la sociedad de la información afectado, quedando este desde ese momento notificado a los efectos previstos en la legislación que regula su actividad.

Este artículo da a la comisión la autoridad como órgano competente para evaluar, comprobar, constatar y declarar la existencia de una “posible” lesión de los derechos de propiedad intelectual.

Las modificaciones a esos dos artículos cambian sustancialmente las reglas para que exista infracción, y que además la Comisión (un órgano administrativo) es el que tiene la potestad de evaluar y declarar si existe esa infracción. Es muy razonable suponer que la autoridad judicial debe considerar ambos hechos, y por ende sentenciar en forma muy diferente a cómo se hace ahora (son las autoridades judiciales las que evalúan y constatan esa posible infracción).

Los peligros reales

Lo que no está especificado en el texto son las condiciones para que se produzca la infracción. ¿Un enlace a P2P en un comentario en un foro, Menéame o Barrapunto constituye una infracción? ¿Por qué? ¿Cuántos hacen falta? ¿Un 10% de enlaces? ¿Qué enlaces? ¿Y si se llena artificialmente de enlaces “legales”? Si es por “lucro” ¿cuántos enlaces hacen falta? ¿Qué ingresos?

Esas son vacíos peligrosos, pero los hay peores y que afectan a la libertad de expresión. Por ejemplo muestro un enlace P2P:

Esto es un enlace P2P a la película Acción Mutante de Alex de la Iglesia

¿Será una infracción eso? Pero podría hacer otra cosa, por ejemplo poner el texto del enlace, pero sin enlazar:

http://dl.btjunkie.org/torrent/Accion-Mutante-1993-DVDRip/43585572093837f971d17456ee12ac9257d19a371115/download.torrent

¿Eso sigue siendo un enlace? ¿Es una infracción? Si no lo es, ya tenemos un truco. Si lo es ¿no está afectando a mi libertad de expresión? Es sólo texto, pero aún podría plantear una alternativa, lo quito el http://:

dl.btjunkie.org/torrent/Accion-Mutante-1993-DVDRip/43585572093837f971d17456ee12ac9257d19a371115/download.torrent

¿Eso “colabora” para que se cometa una infracción? ¿Y si el software que se usa para leerme detecta que es un URL y crea el enlace automáticamente en el ordenador del usuario?

Son todos estos detalles que no cubre la Ley Sinde, ni esta propuesta alternativa… y que es muy difícil de hacerlo con estas premisas de ilegitimizar los enlaces. Espero que David Maeztu u otros abogados nos puedan iluminar sobre el tema.

Sobre la filtración de la propuesta

He visto a varios muy enfadados por la forma en que se filtró o pasó la información a la prensa. Algunos piensan razonablemente que hubo mala intención y/o manipulación. Posiblemente, pero no debería importarnos tanto, es criticable pero no el problema principal. El principal fue que se hizo una propuesta quizás bien intencionada pero de la forma equivocada. Si se hubiese hecho bien y transparente –informado y publicado antes– esto no hubiese pasado. Punto.

Lo demás es intentar culpabilizar a los demás en vez de asumir nuestras errores e ingenuidades. Hagamos las cosas lo mejor posible, corrijamos (y no repitamos) los errores, el juego sucio de los demás no debería afectarnos. Parafraseando, ¡es la política, estúpido!


Tomado de un Ricardo Gallí enfadado por la situación y con razón. Este lunes veremos qué derroteros ha tomado todo esto...

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